PASOS PARA REALIZAR OPERACIONES CON EL SUCRE
PASO NRO 1 :

EL IMPORTADOR Y EL EXPORTADOR ACUERDAN LA TRANSACCION.
- La Transacción se acuerda en los términos y condiciones que se aplican comúnmente en el comercio internacional.
- El Importador y el exportador acuerdan el tipo de moneda en la cual se firmará el contrato y el precio de la mercancía.
- Se acuerda la forma de pago pudiendo ser carta de crédito o transferencia bancaria, los plazos pueden ser a la vista o con pago aplazado.
- Se acuerdan los bancos comerciales que intervienen en la operación.
PASO NRO 2 :

FIRMAN EL CONTRATO COMERCIAL
- El contrato comercial se suscribirá entre importador y exportador, definiendo los derechos y obligaciones de cada uno.
- Se recomienda incluir en el contrato una cláusula donde se indique que la operación se va a tramitar a través del SUCRE.
- En caso de que el contrato hubiera sido suscrito y se quiera incluir que será tramitado por el SUCRE se puede realizar un ademdum al mismo.
PASO NRO 3 :

EL IMPORTADOR Y EL EXPORTADOR TRAMITAN Y OBTIENEN LAS AUTORIZACIONES CORRESPONDIENTES
- Se deben cumplir las normativas y regulaciones que correspondan a las operaciones de importación y exportación de acuerdo a las normas internas establecidas en cada Estado Parte.
- En el caso del SUCRE existen acuerdos para facilitar la obtención de requisitos y/o tramites de carácter comercial.
PASO NRO 4 :

EL IMPORTADOR INFORMA AL BANCO OPERATIVO DE LA OPERACIÓN A REALIZAR QUIEN VERIFICA EL CUMPLIMIENTO DE LAS REGULACIONES NACIONALES.
- Las operaciones a tramitar a través del Sistema se deben direccionar con los Bancos Operativos Autorizados (BOA) en cada Estado Parte, quienes en su Área de Operaciones Internacionales u otra designada para tal fin atenderán el requerimiento.
- En el enlace denominado "Directorio de Estados Parte" ubicado del lado izquierdo en la pagina principal, se encuentra la lista de Bancos Operativos Autorizados (BOA) por cada pais.
PASO NRO 5:

EL IMPORTADOR INFORMA AL EXPORTADOR QUE SE CUMPLIERON TODOS LOS TRAMITES, EL EXPORTADOR SE PREPARA PARA REALIZAR LA EXPORTACIÓN.
- El exportador emite la factura proforma y/o el documento acordado entre las partes, el cual será presentado posteriormente al Banco Operativo.
PASO NRO 6 :

EL EXPORTADOR REALIZA EL EMBARQUE Y ENVÍA LA DOCUMENTACIÓN.
- En el caso de que el instrumento de pago sea carta de crédito el exportador presentará los documentos correspondientes en el Banco Avisador.
PASO NRO 7 :

EL IMPORTADOR RECIBE LA MERCANCÍA E INSTRUYE AL BOA REALIZAR EL PAGO.
- El Banco Operativo revisará la documentación y de estar conforme procederá a:
- Registrar la operación en el Sistema Informático del SUCRE (SIS).
- Debitar a la cuenta del importador los fondos correspondientes al monto de la operación el MONEDA LOCAL.
- Transfiere los fondos en moneda local al Banco Central del Estado Parte importador.
PASO NRO 8 :

EL BANCO CENTRAL DEL ESTADO PARTE IMPORTADOR REGISTRA LA OPERACIÓN.
- El Banco Central del Estado Parte Importador realiza la conversión de los fondos recibidos en moneda local a “sucres”.
- El tipo de cambio a utilizar será el vigente al momento de la operación.
- El Banco Central registra la operación en el Sistema Informático del SUCRE (SIS).
- El Banco Central registra la operación en “sucres” afectando su asignación de “sucres”, y acredita a la cuenta del Banco Central del Exportador.
PASO NRO 9 :

EL BANCO CENTRAL DEL EXPORTADOR RECIBE CRÉDITO EN “sucres”.
- El Banco Central del Estado Parte Exportador realiza la conversión del monto de la operación en “sucres” a moneda local.
- Transfiere el monto en MONEDA LOCAL al Banco Operativo Autorizado del Exportador.
- El Banco Operativo Autorizado del Exportador le transfiere los recursos en moneda local a la cuenta del exportador.
- Esta operación se realiza en un máximo de 48 horas.